Hola a todos, en primer lugar me gustaría presentarme, soy Joaquín Lozano y estoy comenzando un blog sobre urbanismo y medio ambiente, www.ecoiurbis.com
La verdad es que sigo este sitio desde hace ya bastante tiempo pero nunca me había decidido a escribir en el.
El caso es que el otro día Guille colgó un enlace a una noticia donde se planteaba la cuestión de la posible ilegalidad de eliminar plazas de aparcamiento por la construcción del carril bici y por la peatonalización.
En dicho artículo se decía que, como son dotaciones públicas, no se pueden eliminar plazas de aparcamientos sin compensarlo con la creación de otras.
También se decía que hay un número mínimo de plazas de aparcamiento previsto en la Ley que supondría un tope mínimo y por debajo del cual, la actuación sería antijurídica.
Pues bien, en mi opinión, la eliminación de plazas de aparcamiento es totalmente legal pues los carriles bici son sistemas generales, que representan un interés público mayor que el de las dotaciones.
Además, la Ley obliga a los municipios más importantes a prever también una red para tráfico no motorizado (carril bici, por ejemplo) y peatonal y, dado que el espacio físico es el que es, esta contraposición de intereses entre los aparcamientos y el carril bici se decantaría a favor de los segundos por lo que he dicho antes.
Por su parte, el número mínimo de plazas de aparcamiento al que se refiere la Ley se aplica en suelo urbanizable y en suelo urbano no consolidado (áreas que no tienen todos los servicios urbanísticos, o no los tienen con la calidad suficiente), en ningún caso en el suelo urbano consolidado (la ciudad propiamente dicha).
Es por todo esto que creo que la implantación de los carriles bici y la peatonalización de algunas calles es plenamente legal.
En fin, ¿qué opináis?
Saludos.
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